“`html
ALQUILERES: CUÁLES SON LOS MÉTODOS PARA CALCULAR LOS AUMENTOS POR INFLACIÓN EN AGOSTO 2025
DESDE LA DEROGACIÓN DE LA LEY DE ALQUILERES, LOS CONTRATOS PUEDEN AJUSTARSE POR INFLACIÓN; LO QUE HAY QUE SABER ANTES DE AVANZAR
18 de agosto de 2025
12:37
Tiempo de lectura: 6 minutos
Escuchar Nota
A partir del comienzo del 2024, luego de la derogación de la ley de alquileres mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei en diciembre de 2023, se abrió la posibilidad de definir la forma en la que se actualizan los contratos. Una de las opciones más tentadoras para los propietarios es utilizar los números de la inflación, lo que les permitiría evitar perder rentabilidad.
Mientras regía la ley de alquileres sancionada en 2020, los contratos debían ajustarse una vez al año en función del Índice de Contratos de Locación (ICL), elaborado por el Banco Central. Este índice toma como referencia en partes iguales la inflación y el salario, pero se calcula con un desfasaje de dos meses. Es decir, quienes actualizan el alquiler en agosto lo hacen en base a las cifras de inflación y salarios de junio.
En este contexto y ante un mercado sin regulación, hay propietarios e inquilinos que están pactando nuevos contratos por dos años, en pesos y por IPC, aunque aún hay algunos acuerdos que se ajustan por ICL o se fijan en dólares y no requieren ajustes. Para actualizar el precio del alquiler por inflación, el contrato puede establecer como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que el INDEC publica a mediados de cada mes.
A la hora de firmar el contrato, las partes también deben definir la periodicidad del ajuste por inflación. “Cuando hay alta inflación, como la que se registró a finales del 2023 e inicios del 2024, conviene que la indexación sea trimestral. En épocas normales, la indexación podría ser cuatrimestral o semestral”, aconseja el Dr. Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CÓMO CALCULAR EL AUMENTO POR INFLACIÓN CON UNA CALCULADORA AUTOMÁTICA
En internet existen múltiples opciones de calculadoras automáticas de inflación acumulada que toman como referencia los datos publicados por el INDEC. Una de ellas es la de Chequeado, que se utilizará como referencia en el siguiente procedimiento:
- Ingresar a Chequeado.
- Donde dice “Para comprar algo que salía”, ingresar el monto del alquiler que debe actualizarse.
- Donde dice “a principios de”, ingresar el mes en el que comienza el período a ajustar. Por ejemplo, si a principios de julio se quisiera hacer una actualización trimestral, se consideraría el plazo de marzo a mayo.
- Donde dice “a finales de”, ingresar el mes en el que termina el período a ajustar.
- Donde dice “necesitarías la suma de” figurará el nuevo valor del alquiler.
Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral para un alquiler de $640.427 iniciado en mayo de 2025 que debe ajustarse en agosto, se usará el plazo de tres meses de abril a junio. Dado que la inflación acumulada en ese período fue de 6,01%, el valor a pagar pasaría a ser de $678.933,38 por mes.
CÓMO CALCULAR EL AUMENTO POR INFLACIÓN DE FORMA MANUAL
Si se decide ajustar de forma manual, es fundamental no sumar la inflación de cada mes, sino multiplicar las variaciones de inflación de cada mes y multiplicarlas por el valor del alquiler, ya que se trata de la inflación acumulada del período.
Primero, hay que conocer cuál fue la inflación del período por el que se pretende ajustar el alquiler. Los pasos a seguir son los siguientes:
- Acceder al informe de IPC del INDEC, disponible en su página oficial.
- Hacer clic en “Estadísticas”, luego en “Precios” dentro de la sección de Economía, y seleccionar “Precios al Consumidor (IPC)”.
- Hacer clic en “leer informe”.
- En la cuarta página del documento, ver el gráfico “Variaciones mensuales del Nivel general del IPC” para obtener la inflación de cada mes.
Una vez obtenidos los datos, los pasos para realizar el cálculo son:
- Calcular por separado el valor de inflación de cada mes dividido por 100 y sumarle 1.
- Multiplicar el valor actual del alquiler por esos valores de inflación individuales.
- El resultado será el nuevo valor del alquiler a pagar por el próximo trimestre.
La fórmula sería: el valor del alquiler x (inflación primer mes/100 + 1) x (inflación segundo mes/100 + 1) x (inflación tercer mes/100 + 1) = valor actualizado del alquiler.
En un ejemplo concreto, si el 1 de mayo se firmó un contrato de alquiler por $640.427 con ajuste trimestral por inflación, este debería ajustarse por primera vez en agosto. Dado que el informe del INDEC se publica a mediados de mes, el primer día de agosto estarían disponibles los datos de abril, mayo y junio.
La variación mensual de la inflación en esos meses fue de 2,8% en abril, 1,5% en mayo y 1,6% en junio.
Después de dividir cada una por 100 y sumarle 1, la cuenta sería: 640.427 x 1,028 x 1,015 x 1,016 = $678.926.
El resultado no siempre coincide con el cálculo realizado a través de la calculadora automática, ya que las cifras publicadas mensualmente por el INDEC están redondeadas. Esto significa que el número puede contener más decimales que, al contemplarlos en la cuenta, pueden variar entre $100 y $300 más el resultado final.
En la práctica, el inquilino podrá saber medio mes antes del ajuste cuánto le va a aumentar el alquiler. Esto se debe a que, usando este ejemplo como referencia, a mediados de julio ya puede conocer el valor de la inflación de junio y, de esa forma, podría calcular cuánto tendrá que pagar en agosto. Sin embargo, la cifra podría cambiar si el alquiler se paga a fin de mes, porque ya estaría disponible el porcentaje de inflación del mes anterior.
Fuente: LA NACION