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Los cambios del proyecto de reforma laboral que afectan al mercado inmobiliario
EL SENADO OTORGÓ MEDIA SANCIÓN, FUE APROBADO POR 42 VOTOS A FAVOR Y 30 EN CONTRA
12 de febrero de 2026
12:54
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El Senado le otorgó media sanción al proyecto de reforma laboral, que incluye modificaciones en el mercado inmobiliario. El pasado miércoles se llevó a cabo el debate del proyecto. Fue aprobado por 42 votos a favor y 30 en contra. Por lo tanto, para convertirse en ley, el texto aún debe ser tratado y votado en la Cámara de Diputados.
En ese contexto, surgen dudas sobre las distintas modificaciones que propone la iniciativa oficialista, entre las cuales habrá cambios que corresponden al mercado inmobiliario.
Antes de que la Ley de Modernización Laboral entre al Senado, el proyecto proponía que el Ministerio de Economía era el encargado de definir la entrada en vigencia de los cambios tributarios. Ahora no se condiciona que la vigencia la establezca la entidad nacional. Quedaría vigente a partir de la publicación de la ley en el Boletín Oficial.
Las reformas tienen aplicación a partir del 1 de enero de 2026. Desde el sector esperan que la Cámara de Diputados otorgue la sanción de la normativa, ya que la mayor complicación era su aprobación en el Senado. Cuando esto suceda, su entrada en vigencia se realizará en forma inmediata con efecto al 1 de enero.
“Entonces, el beneficio sería retroactivo”, afirma el tributarista Sebastián Domínguez, titular del estudio SDC Asesores Tributarios.
¿CÓMO FUE EL RECORRIDO HASTA AHORA?
El 11 de diciembre del 2025, el presidente Javier Milei firmó la Ley de Modernización Laboral para que sea tratada en las sesiones extraordinarias del Congreso. El proyecto, de 71 páginas y 191 artículos, propone una reforma en el marco de la Ley de Contrato de Trabajo con cambios en el ámbito laboral y sindical.
Aunque su eje central es el laboral, el artículo 188 incorpora dos reformas impositivas relacionadas con el mercado inmobiliario: la exención del Impuesto a las Ganancias tanto para quien tiene una propiedad en alquiler con destino casa habitación (vivienda) como para las personas humanas que venden un inmueble.
ESTAS SON LAS REFORMAS INMOBILIARIAS
¿QUÉ IMPUESTOS REGÍAN HASTA EL MOMENTO?
Hasta julio de 2024, para quienes compraban una propiedad regía un doble esquema: el Impuesto a la Transferencia de inmuebles (ITI), para las propiedades adquiridas antes de 2018, que ya fue eliminado, y el Impuesto Cedular para las compradas después de esa fecha.
Actualmente, el impuesto vigente, y el que la nueva propuesta busca eximir, es el Impuesto Cedular que grava con un 15% la ganancia obtenida en la venta del inmueble y en la transferencia de derechos sobre inmuebles por un lado y el alquiler de inmuebles con destino casa habitación por otro.
¿QUÉ CAMBIARÍA CON LA NUEVA INICIATIVA?
Esta nueva iniciativa no elimina el impuesto sino que lo exime, razón por la que en el futuro otro gobierno podría volver a instaurarlo derogando la exención.
Con estas medidas, el Gobierno busca “aliviar la carga tributaria para los ciudadanos” y eliminar gravámenes considerados de “baja eficiencia recaudatoria y alto costo de administración”, en línea con la política oficialista de reducción de impuestos.
¿QUÉ EFECTOS PODRÍA TENER EN EL MERCADO INMOBILIARIO?
Si bien las reformas tributarias que afectan al mercado inmobiliario pueden tener efectos positivos en el sector, el tiempo de espera que demanda el tratamiento de una ley termina dilatando los cierres de las operaciones de compraventa por la incertidumbre que generan. Mientras se dilata la aprobación de la ley, puede haber retrasos o cancelaciones en las decisiones de compra y venta de inmuebles, ya que muchos inversores podrían querer esperar a que la norma entre en vigencia para aprovechar la exención del impuesto porque tendrían una mayor previsibilidad de la rentabilidad que le dejaría el inmueble a quienes lo alquilen.
Entre las repercusiones favorables, se encuentra un aumento significativo de la ganancia neta para los propietarios que alquilan su vivienda. Esta premisa es sostenida por el informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal, que investiga el aumento de la rentabilidad del alquiler de una propiedad en caso que se apruebe la exención del impuesto. En números, explican que una persona que tributa una alícuota del 35% tendría un aumento de rentabilidad del 60% y uno que tributa una del 13%, del 17%.
La variación de la alícuota se explica por la escala: no es un porcentaje fijo, sino que existe una alícuota progresiva desde el 5% hasta el 35% aplicada sobre la ganancia neta y de acuerdo al monto.
En síntesis, si la reforma laboral se aprueba de esta manera y entra en vigencia la exención en las inversiones inmobiliarias, podría equipararse al tratamiento fiscal de títulos públicos con “cero impuestos” lo que constituiría un incentivo importante para el sector. Pero, mientras tanto, la espera genera una incertidumbre que puede enfriar al mercado.
Fuente: LA NACION
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