
OFICIAL: IMPUESTOS EXENTOS EN LA COMPRA DE PROPIEDADES CON LA REFORMA LABORAL
Aunque su eje central es el laboral, el artículo 192 incorpora dos reformas que eliminan impuestos al mercado inmobiliario.
8 de abril de 2026 – 18:12
El artículo 192 incorpora dos reformas impositivas relacionadas con el mercado inmobiliario. Hace poco más de un mes, la Ley de Modernización Laboral se publicó en el Boletín Oficial, y de esa manera sus medidas quedaron efectivas.
Entre las principales modificaciones, se encuentra la exención del Impuesto a las Ganancias tanto para quien tiene una propiedad en alquiler con destino casa habitación (vivienda) como para las personas humanas que venden un inmueble. El efecto de estas reformas es a partir del 1 de enero de 2026. “Entonces, el beneficio es retroactivo”, afirma el tributarista Sebastián Domínguez, titular del estudio SDC Asesores Tributarios.
Aunque las medidas pueden implicar una pérdida de recaudación para el Gobierno, Domínguez aclara que esta es baja y no tiene un impacto significativo. Sin embargo, con la exención se busca “aliviar la carga tributaria para los ciudadanos” y eliminar gravámenes considerados de “baja eficiencia recaudatoria y alto costo de administración”, en línea con la política oficialista de reducción de impuestos.
CUÁLES SON LAS REFORMAS QUE BENEFICIAN AL MERCADO INMOBILIARIO
EN LA COMPRAVENTA
Para el caso de la compraventa de inmuebles, anteriormente, una persona humana no habitualista (que no sea broker inmobiliario) que adquiría una propiedad desde el 1 de enero de 2018 y la vendía, debía tributar el impuesto Cedular del 15%. Actualmente, si se realizan ventas de manera ocasional, estarán exentas del tributo.
En cambio, para las personas humanas que compran y venden inmuebles y su actividad es la inmobiliaria, en vez de tener el impuesto cedular, deben tributar Ganancias con una alícuota del 5% al 35%. En este caso, no se modifican los impuestos que deben pagar, ya que son habitualistas. Lo mismo ocurre con las sociedades, que continúan gravadas en la compraventa.
PARA EL ALQUILER
Con respecto a los alquileres cobrados de inmuebles con destino casa habitación, antes tributaban Ganancias. Con la nueva ley, gozan de la exención del impuesto retroactiva, con efecto al 1 de enero de 2026, para personas humanas. Esto también incluye a personas jurídicas por los ejercicios fiscales iniciados a partir de esa misma fecha.
A diferencia de lo que ocurre con la compraventa, no importa si la persona es habitualista o no: “La exención en el alquiler rige para todos, ya sea el que tiene 15 inmuebles y los alquila con destino vivienda, como para el que alquila uno solo con ese destino”, agrega Domínguez. Es decir, no hay condición de sujeto, ni de cantidad de propiedades.
Una pregunta que surge al conocer estas medidas es si los inquilinos se benefician con esta situación. En este contexto, Domínguez explica tres escenarios:
– Si se produce más oferta de inmuebles con destino casa habitación, se puede generar una baja en el precio de los alquileres.
– Si la oferta no se ve modificada, es poco probable que la baja de impuestos se traslade al valor del alquiler. En este caso, el beneficio será solo del dueño, que podrá disfrutar de una mayor rentabilidad.
– Si hay muchas inversiones y aumentan los precios de los inmuebles (producto de una mayor demanda), puede ser que los alquileres suban y se mantengan, dejando a los inquilinos sin beneficios en cuanto a precios.
EFECTOS EN EL MERCADO INMOBILIARIO
Las repercusiones de las medidas recientes son favorables. Entre ellas, se encuentra un aumento significativo de la ganancia neta para los propietarios que alquilan su vivienda. Esto es respaldado por un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal, que investiga el aumento de la rentabilidad del alquiler de una propiedad en caso de que se apruebe la exención del impuesto. En números, explican que una persona que tributa una alícuota del 35% tendría un aumento de rentabilidad del 60%, y uno que tributa una del 13%, del 17%.
Aunque aquellos que tienen inmuebles alquilados ya gozan de la exención, el tributarista no observa, de forma generalizada, un movimiento de personas que busquen comprar inmuebles por el beneficio. Según él, los inversores consideran otras variables, como la situación económica y los movimientos del mercado inmobiliario.
“Para el que quiere invertir en ladrillo, este momento se presenta como una buena oportunidad para comprar. Los precios no han subido y se puede utilizar el beneficio de la exención”, resume el especialista, concluyendo que si el Gobierno es reelecto y a la Argentina le va bien, los precios de las propiedades deberían ir al alza, lo que generaría beneficios por la plusvalía al momento de la venta.
Fuente: Manuela Viñales
Link Original: https://www.lanacion.com.ar/propiedades/casas-y-departamentos/oficial-estos-son-los-impuestos-que-quedan-exentos-en-la-compra-de-propiedades-con-la-reforma-nid08042026/



